Opinion: ¿Libre competencia en el sector eléctrico?

26-11-2005


Autor: Federico Alberto Cuello C.

En nuestro país se necesitan 200 MW nuevos cada 18 meses para satisfacer el incremento de la demanda de energía. Por ello, no se pueden permitir barreras a la entrada de nuevos generadores. Nada garantiza que los generadores mantendrán el ritmo de inversiones que requiere el país. Además, será la amenaza de que nuevos y más eficientes competidores ingresarán al mercado lo que motivará a los actuales generadores a mantener sus tarifas a niveles razonables, sin que haya que subsidiárselas. Pero ésto sólo será posible si las leyes protegen la libertad de entrada al mercado.

El Gobierno era consciente de esta necesidad desde 1993, cuando se preparaba, con la asesoría del Banco Mundial y del BID, la Ley General de Electricidad. Los asesores chilenos, particularmente, insistían en que la ley prohibiera que cualquier empresa pudiera controlar más del 20% de la generación. Era crucial además impedirles participar en la red de transmisión o de distribución. Ello evitaría que, como en Chile, los generadores existentes dificultaran la interconexión de nuevos generadores.
Hoy, es notorio el clamor nacional por la libre competencia en el sector eléctrico. Gracias a la capitalización, asistimos atónitos a la creación de un nuevo oligopolio privado que abusa de la competencia sin eliminar los apagones ni los subsidios. Para asegurar la libre competencia y el respeto de los derechos del consumidor en el sector eléctrico y en todos los sectores, el arma más efectiva es el Código de Ordenamiento del Mercado (COM).

En su Libro I, sobre Libre Competencia, el COM prohíbe el abuso de posición dominante, mediante la limitación de la producción, la distribución o el desarrollo técnico en perjuicio de las empresas o los consumidores. Prohíbe además las concentraciones económicas que puedan tener efecto anticompetitivo, mediante la limitación de la competencia en todo o en parte del territorio nacional.

Así, si un generador pretendiera comprar los activos de otro generador se crearía una posición dominante que incrementaría la tarifa de la energía eléctrica. Igualmente, si un generador quisiera comprar una de las empresas de distribución, se crearía una integración vertical que impediría la interconexión de nuevos generadores.

El enfoque del COM es integral. Así como protege el mercado de los abusos de las empresas, su Libro III otorga a los consumidores el derecho a proteger sus intereses económicos.

En el mercado eléctrico se atenta contra los intereses económicos del consumidor cuando se le transmite energía a un nivel de voltaje inferior a 110 voltios. El COM dispone que la venta de un producto insuficiente obliga al proveedor a restituir el precio o a otorgar una rebaja.

¿Qué se puede hacer hoy frente a estas situaciones? Nada. Pero si el COM estuviera vigente, las empresas que hoy se reparten el mercado tendrían que cumplir normas similares a las que imperan en España.

¿Se quiere libre competencia en el sector eléctrico? Entonces la Ley General de Electricidad debiera aprobarse conjuntamente con el Código de Ordenamiento del Mercado.



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